Financiación

Programa INNOGLOBAL 2018 (actualizado en agosto de 2018)

Bases.
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Convocatoria (incluye anexo II, memoria técnica del proyecto).
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Resumen Red CIDE (agosto de 2018)

Objeto
Se persigue el desarrollo de tecnologías novedosas en áreas tecnológicas de futuro con proyección económica y comercial a nivel internacional, que supongan a su vez un avance tecnológico e industrial relevante.
Proyectos de cooperación tecnológica internacional en los ámbitos:
- Proyectos multilaterales
- Proyectos bilaterales
- Proyectos unilaterales
- Proyectos de cooperación tecnológica internacional para la participación de empresas en Organismos Internacionales de Investigación y Grandes instalaciones científicas en las que participe España.
Los proyectos deberán tener carácter internacional.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria las empresas que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España, según el artículo 4 de la Orden de bases reguladoras.
Se financiará la participación de empresas españolas integrantes de consorcios internacionales que participen en los programas internacionales que se relacionan en el Anexo I (Iniciativa EUREKA, Proyectos IBEROEKA, Programas bilaterales, Proyectos Unilaterales, Proyectos de cooperación tecnológica internacional para la participación de empresas en Organismos Internacionales de Investigación y Grandes instalaciones científicas en las que participe España)

Cuantía y otras características de los proyectos
Presupuesto mínimo: 150.000 €
Importe máximo de subvención: 400.000 € por solicitud y proyecto.
Duración: 12-36 meses (Los proyectos podrán ser plurianuales y parte del proyecto deberá realizarse en el año 2018. En todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2018.)
Financiación: La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias. En todo caso el importe máximo de subvención será el siguiente:
- 50% para empresas pequeñas
- 40% para empresas medianas
- 30% para empresas grandes

A efectos de acreditar el carácter internacional del proyecto, los solicitantes deberán:
i) En los casos en que, conforme al anexo I, se requiera previa solicitud de certificación o informe de dimensión internacional, la misma deberá haber sido presentada a CDTI entre el 6 de junio de 2017 y el 25 de mayo de 2018 y siempre con carácter previo a la presentación de la solicitud de ayuda a esta convocatoria.
ii) Obtener la certificación internacional o informe de dimensión internacional correspondiente, según lo establecido en el anexo I de esta convocatoria, entre el 3 de octubre de 2017 y el 25 de mayo de 2018.
En aquellos proyectos internacionales en los que participe más de una empresa española, la financiación se realizará de forma individualizada, es decir, cada empresa deberá presentar su propia solicitud a esta convocatoria, indicando el presupuesto que le corresponda.
Para la segunda convocatoria de 2018, Previo a la solicitud de INNOGLOBAL, el solicitante deberá haber presentado, a través de la sede electrónica de CDTI, la solicitud relativa al correspondiente proyecto internacional multilateral, bilateral o unilateral, antes del 26 de noviembre de 2018. Obtener la certificación o informe de dimensión internacional correspondiente, entre el 26 de mayo de 2018 y el 26 de noviembre de 2018.

Plazo de presentación de solicitudes
La convocatoria se abrirá el 07/05/2018 y se cerrará el 05/06/2018 a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.
La segunda convocatoria de 2018 abrirá el 07/11/2018 hasta el 05/12/2018 a las 11:00 horas (hora canaria).

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Subvenciones a proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias 2018

Bases (NOTA: El texto refundido de bases reguladoras está disponible en este enlace. El texto consolidado que la D.G. de Promoción Económica pone a disposición de los usuarios en la web tiene carácter meramente informativo y carece de validez jurídica alguna. Para fines jurídicos deben utilizarse los textos publicados en el diario "Boletín Oficial de Canarias" y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Están disponibles también en el enlace siguiente, correspondiente a la convocatoria de 2017 -comparten las bases-)
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Convocatoria
Relación de documentación que presentar
Anexo II Memoria de la entidad y del proyecto
Enlace a sede electrónica
Enlace a convocatoria de 2017, a efectos comparativos 
Resumen de la Red CIDE.
Más información

Objeto
El objeto de la subvención es fomentar el desarrollo de nuevos proyectos en empresas de nueva creación o ya existentes con el fin de aumentar la productividad y competitividad de las mismas. Salvo el caso de los proyectos de empresas de nueva creación, las empresas han de contar con uno o más empleados en el momento de presentar la solicitud (empleados por cuenta ajena).
Sectores incentivables: Industria, construcción, turismo, comercio, transportes y de servicios en general.
Proyectos Subvencionables:
A) Creación de una empresa.
B) Mejorar la productividad y competitividad de una empresa ya existente.
C) Apoyo a la innovación en los ámbitos tecnológico, organizativo y de gestión empresarial:
1)Realización de Proyectos de Desarrollo Tecnológico aplicado.
Estos proyectos podrán abarcar la creación del nuevo producto o proceso, las pruebas experimentales y ensayos necesarios para su concreción y la elaboración de prototipos (no comercializables) previos al inicio de la explotación industrial y comercial. Estos proyectos tienen que implicar la creación o mejora sustantiva de un proceso productivo y/o producto.
2)Apoyo a la Implantación, Certificación Tecnológica y Certificación de acuerdo con las normas:
UNE 166.001 –Proyectos de I+D+i.
UNE 166.002 –Sistemas de Gestión de la I+D+i.
UNE-EN-ISO 14001–Sistemas de gestión Medioambiental.
ISO 9001 –Sistemas de Gestión de la Calidad.
EFQM–Excelencia Empresarial.
ISO 27001 (o desarrollos posteriores)–Sistemas de gestión de la seguridad de la Información.
UNE 175001-1:2004 Calidad de servicio para pequeño comercio.
Marca Q de calidad Turística.
IFS-Internacional Food Standard.
BRC-British retail Consortium.
UNE EN ISO 22.000-Gestión seguridad alimentaria.
HALAL- Garantía de calidad de alimentos, productos y servicios según la normativa Halal.
OHSAS 18.001- Seguridad y salud en el trabajo.
ISO 45.001- Seguridad y salud en el trabajo.

Beneficiarios
Podrán acogerse a las subvenciones que se convoquen de acuerdo con estas bases: las pequeñas y medianas empresas (persona física o jurídica) que realicen un proyecto de los indicados en la base quinta en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias. Salvo el caso de proyectos de empresas de nueva creación, las empresas han de contar con uno o más empleados en el momento de presentar la solicitud.
En caso de creación de empleo, se computarán los puestos de trabajo a jornada completa o equivalentes y se deberán mantener durante un periodo mínimo de un año contado a partir de la resolución de concesión definitiva.
En el caso de proyectos del tipo A) Creación de una Empresa, las personas físicas o jurídicas contarán con alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) efectuada entre el 1 de enero del año de la convocatoria y la de terminación del plazo para realizar y justificar la subvención, o, en caso de estar exentos del mismo, modelo de declaración censal de alta.
Si procediera la inscripción en algún Registro del documento de constitución, deberá acreditarse su inscripción en el mismo plazo. En el caso de las Sociedades Civiles Particulares deberá acreditarse, igualmente en el citado plazo, la presentación del documento privado de constitución ante el Registro de la Oficina Liquidadora del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de la Consejería de Hacienda, así como la solicitud de Código de Identificación Fiscal (CIF) ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Cuantía
Se establece un máximo de un proyecto por empresa.
Límite máximo de subvención: 60.000 euros.
Máximo porcentaje subvencionable: 55% para microempresas y pequeñas empresas y 45% para medianas empresas.
Si la inversión se realiza en zona prioritaria (La Palma, La Gomera , El Hierro, Lanzarote y Fuerteventura) se incrementará la puntuación obtenida en un 10%.
Si la empresa está registrada en Enterprise Europe Network Canarias (EEN), se incrementará la puntuación obtenida en un 5%.
Para registrarse en el Enterprise Europe Network acceda a este link y rellene el formulario y recibirá un correo confirmando el Alta: http://www.een-canarias.org/formulario-de-suscripcion/

Plazo para presentar solicitudes
Será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias. La publicación ha tenido lugar el 07 de febrero de 2018. El plazo termina el 1 de marzo de 2018.

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Ayudas por la Fundación Biodiversidad 2018

Bases
Anuncio “actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral y el fomento de la información ambiental 2018”
Convocatoria “actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral y el fomento de la información ambiental 2018”
Anuncio “cofinanciación de proyectos apoyados por el programa LIFE en el ámbito de la biodiversidad 2018”
Convocatoria “cofinanciación de proyectos apoyados por el programa LIFE en el ámbito de la biodiversidad 2018”
Anuncio "desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, la Unión Europea y ante las organizaciones de carácter internacional en el ámbito de la biodiversidad, el cambio climático y el desarrollo sostenible 2018"
Convocatoria "desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, la Unión Europea y ante las organizaciones de carácter internacional en el ámbito de la biodiversidad, el cambio climático y el desarrollo sostenible 2018"

A efectos comparativos con las ayudas anteriores, les facilitamos el enlace a las Ayudas Fundación Biodiversidad 2017, enlace 1, enlace 2

Objeto (general)
Estas ayudas tienen por objeto:
1. Apoyar la realización de actividades relacionadas con la biodiversidad y el medio ambiente, siempre que se adecuen directamente a los fines de la FB previstos en sus Estatutos, y que presenten mayor idoneidad para recibirla con arreglo a los criterios establecidos.
2. Solo se apoyarán actividades que guarden relación directa con las Líneas de Actuación que integran el Plan de Actuación aprobado anualmente por el Patronato de la FB, y que, a fecha de publicación, son las siguientes:
▪ Biodiversidad terrestre.
▪ Biodiversidad marina y litoral.
▪ Cambio climático y calidad ambiental.
▪ Economía y empleo verde.
▪ Relaciones internacionales.

Objeto para “actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral y el fomento de la información ambiental 2018”
Ayudas para la realización de actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre y biodiversidad marina y litoral, así como para la realización de proyectos y actividades de información y sensibilización ambiental siempre que se relacionen directamente con los fines de la Fundación Biodiversidad previstos en sus Estatutos, se adecúen al marco competencial constitucionalmente establecido y presenten mayor idoneidad para recibirla con arreglo a los criterios establecidos.

Objeto para “cofinanciación de proyectos apoyados por el programa LIFE en el ámbito de la biodiversidad 2018”
El objeto de estas ayudas es la cofinanciación de proyectos LIFE aprobados por la Comisión Europea en aspectos relacionados con la naturaleza y la biodiversidad.

Objeto para "desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, la Unión Europea y ante las organizaciones de carácter internacional en el ámbito de la biodiversidad, el cambio climático y el desarrollo sostenible 2018"
La cofinanciación de actividades de colaboración y representación llevadas a cabo por determinadas organizaciones no gubernamentales, cuyo objetivo principal es la defensa de la protección del medio ambiente, en diversos órganos estatales e internacionales de participación pública para la elaboración, implementación y seguimiento de las políticas medioambientales entre la Administración General del Estado y los sectores sociales y económicos relevantes, siendo los interlocutores institucionales del diálogo permanente que se requiere para configurar una política y una planificación general medioambiental en beneficio del interés general.

Beneficiarios (general)
Podrán participar en las convocatorias:
a. Las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro:
i. De ámbito estatal o comunitario.
ii. De ámbito regional o local que participen en redes o programas de carácter estatal o comunitario.
iii. Deberán tener sede en España, estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
b. Los organismos públicos de investigación, universidades públicas, corporaciones de derecho público profesionales y aquellas que tengan como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, así como la prestación de servicios a las empresas que ejerzan las indicadas actividades.
c. Las administraciones públicas y entidades locales que estén integradas en redes o programas de ámbito estatal o comunitario.
d. Las entidades mercantiles, u otras personas jurídicas, públicas o privadas, en los casos y con las especificidades y requisitos exigidos en cada convocatoria. En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, estas subvenciones se acogen al Régimen de mínimis en virtud del cual la subvención total, concedida a una única empresa determinada no podrá ser superior a 200.000,00 euros, o superior a 100.000,00 euros si se trata de una única empresa que realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera durante el ejercicio fiscal en cuestión, y durante los dos ejercicios fiscales anteriores. Este límite se aplicará independientemente de la forma de la ayuda de mínimis o del objetivo perseguido e indistintamente de si la subvención concedida por el Estado miembro está financiada total o parcialmente mediante recursos de origen comunitario. El citado Reglamento se aplicará a las subvenciones concedidas mediante estas Bases Reguladoras, y no serán acumulables con ninguna otra subvención correspondiente a los mismos gastos subvencionables, si dicha acumulación da lugar a una intensidad de la subvención superior a la establecida para cada caso en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión. Para el cómputo de los límites de este régimen de ayudas se tendrá en cuenta el concepto de «única empresa» establecido en el artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013. Quedan expresamente excluidas las empresas en crisis según lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión.

Beneficiarios de “actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral y el fomento de la información ambiental 2018”
Podrán participar en la convocatoria, para la realización de actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, marina y litoral, el cambio climático y la calidad ambiental:
a. Las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro:
i. De ámbito estatal o comunitario.
ii. De ámbito regional o local que participen en redes o programas de carácter estatal o comunitario.
iii. Deberán tener sede en España, estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
b. Los organismos públicos de investigación, universidades públicas, corporaciones de derecho público profesionales y aquellas que tengan como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, así como la prestación de servicios a las empresas que ejerzan las indicadas actividades.
Para la realización de proyectos relacionados con la información ambiental podrán ser beneficiarios las entidades mercantiles, u otras personas jurídicas, públicas o privadas, en los casos y con las especificidades y requisitos exigidos en cada convocatoria. En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, estas subvenciones se acogen al Régimen de mínimis en virtud del cual la subvención total, concedida a una única empresa determinada no podrá ser superior a 200.000,00 euros, o superior a 100.000,00 euros si se trata de una única empresa que realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera durante el ejercicio fiscal en cuestión, y durante los dos ejercicios fiscales anteriores. Este límite se aplicará independientemente de la forma de la ayuda de mínimis o del objetivo perseguido e indistintamente de si la subvención concedida por el Estado miembro está financiada total o parcialmente mediante recursos de origen comunitario. El citado Reglamento se aplicará a las subvenciones concedidas mediante estas Bases Reguladoras, y no serán acumulables con ninguna otra subvención correspondiente a los mismos gastos subvencionables, si dicha acumulación da lugar a una intensidad de la subvención superior a la establecida para cada caso en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión. Para el cómputo de los límites de este régimen de ayudas se tendrá en cuenta el concepto de «única empresa» establecido en el artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013. Quedan expresamente excluidas las empresas en crisis según lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión.

Beneficiarios para “cofinanciación de proyectos apoyados por el programa LIFE en el ámbito de la biodiversidad 2018”
1. Podrán participar en las convocatorias:
a. Las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro:
i. De ámbito estatal o comunitario.
ii. De ámbito regional o local que participen en redes o programas de carácter estatal o comunitario.
iii. Deberán tener sede en España, estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.

Beneficiarios para "desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, la Unión Europea y ante las organizaciones de carácter internacional en el ámbito de la biodiversidad, el cambio climático y el desarrollo sostenible 2018"
Aquellas entidades que reúnan los requisitos establecidos en los apartados 4.1.a) y 4.2 y 4.3 de las Bases reguladoras de la concesión de ayudas por la Fundación Biodiversidad, en régimen de concurrencia no competitiva para la realización de actividades relacionadas con las líneas de actuación de la Fundación Biodiversidad. Las entidades deben reunir, además, los requisitos descritos en la convocatoria.

Cuantía para “actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral y el fomento de la información ambiental 2018”
El importe máximo que se puede conceder por cada solicitud de ayuda no puede ser superior a 50.000 € para las líneas de actuación biodiversidad terrestre y biodiversidad marina y litoral, y de 25.000 € para proyectos relacionados con la información ambiental.
El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 70% del total del presupuesto del proyecto presentado. En el caso de las entidades del sector público susceptibles de ser beneficiarias, la cofinanciación de los proyectos no podrá superar el 50%. Excepcionalmente para las 7 especies en situación crítica de la línea BT4 la cofinanciación máxima será del 85% y del 65% para entidades del sector público.

Cuantía para “cofinanciación de proyectos apoyados por el programa LIFE en el ámbito de la biodiversidad 2018”
La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 1.000.000 €. El importe máximo que se puede conceder por cada solicitud de ayuda no puede ser superior a 200.000 €.
El importe máximo de la ayuda concedida a cada solicitud no podrá superar el 90% del total de la contribución propia prevista por la entidad solicitante al proyecto LIFE, ni el 90% del total de la contribución propia en la solicitud presentada. Para el primer caso, en este cálculo se deberán tener en cuenta las cuantías que hayan sido concedidas a dicha entidad en otras Convocatorias de Ayudas de la FB para la ejecución del proyecto LIFE que motiva esta solicitud.

Cuantía para "desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, la Unión Europea y ante las organizaciones de carácter internacional en el ámbito de la biodiversidad, el cambio climático y el desarrollo sostenible 2018"
La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 200.000€. El importe máximo que se puede conceder por cada solicitud de ayuda no puede ser superior a 55.000€.

Plazo de presentación para “actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral y el fomento de la información ambiental 2018”
El plazo para presentar solicitudes comenzará desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria hasta las 14:00 horas (hora peninsular) del día 30 de abril de 2018, en los términos y condiciones especificados en las Bases Reguladoras.

Plazo de presentación para “cofinanciación de proyectos apoyados por el programa LIFE en el ámbito de la biodiversidad 2018”
El plazo para presentar solicitudes comenzará desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria hasta las 14:00 horas (hora peninsular) del día 16 de octubre 2018, en los términos y condiciones especificados en las Bases Reguladoras aplicables a esta Convocatoria.

Plazo de presentación para "desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General del Estado, la Unión Europea y ante las organizaciones de carácter internacional en el ámbito de la biodiversidad, el cambio climático y el desarrollo sostenible 2018"
El plazo para presentar solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación. El último día de presentación de las solicitudes finalizará a las 14:00 horas (hora peninsular). Publicado a día 05 de febrero de 2018.

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Becas Leonardo a investigadores y creadores culturales

Toda la información
Documento PDF

Para cualquier consulta, puede enviar un correo electrónico a:

Objeto y beneficiarios
La Becas Leonardo a Investigadores y Creadores Culturales concedidas por la Fundación BBVA están destinadas a apoyar directamente el trabajo de investigadores y creadores culturales de entre 30 y 45 años que, encontrándose en estadios intermedios de su carrera, desarrollen un proyecto marcadamente personal e innovador en el correspondiente ámbito de especialización o actividad en las siguientes áreas:
● Ciencias Básicas (Física, Química y Matemáticas)
● Biología, Ciencias del Medio Ambiente y de la Tierra
● Biomedicina
● Tecnologías de la Información y la Comunicación
● Ingenierías y Arquitectura
● Economía y Ciencias Sociales
● Comunicación y Ciencias de la Información
● Humanidades (Filosofía, Filología, Literatura, Lingüística, Historia, Estética y Musicología)
● Artes Plásticas y Arte Digital
● Música (composición, dirección e interpretación) y Ópera
● Creación Literaria y Teatro

Cuantía
Se concederán en esta convocatoria, correspondiente a 2018, al menos 55 becas, dotada cada una de ellas con un importe bruto máximo de 40.000 euros.

Plazo de solicitud
Del 15 de enero al 15 de marzo de 2018, a las 19:00 h, hora peninsular española.

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Subvenciones para contratos de jóvenes, para empresas de cualquier sector que necesiten cubrir puestos de trabajo del Área Digital

De la Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector que necesiten cubrir puestos de trabajo del Área Digital, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas puedan recibir una oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Bases
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Convocatoria

Objeto
Concesión de subvenciones en concepto de ayudas dirigidas a la contratación de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años que cumplan los requisitos del sistema de Garantía Juvenil y no tengan ninguna ocupación laboral. La actividad objeto de ayuda es la contratación de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Se entiende por personal a contratar aquellos jóvenes que cumplan con los siguientes requisitos:Encontrarse Inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil

  • Estar empadronados en el ámbito geográfico de España.
  • Haber participado en una acción formativa desarrollado por EOI en el marco del programa del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las empresas de cualquier sector que necesiten cubrir puestos de trabajo del Área Digital, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.), con sede o centro de trabajo ubicado en España, que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos, realicen contratación de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Cuantía
La cuantía individualizada máxima de subvención para esta convocatoria se establece en CINCO MIL EUROS (5.000,00 €) por contrato, no pudiendo superar este importe el 90% del coste laboral total del contratado que sea subvencionable. Se podrán conceder hasta un máximo de 128 ayudas.

Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOE. Fecha de publicación: 20 de enero de 2018.

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