Financiación

Convocatoria de Proyectos de I+D+i en Líneas Estratégicas 2021

Convocatoria, para el año 2021, del procedimiento de concesión de ayudas a proyectos de I+D+i en líneas estratégicas, en colaboración público-privada, del Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.

Convocatoria

Objeto
La presente orden tiene por objeto la aprobación del procedimiento de concesión, correspondiente el año 2021, de ayudas a proyectos de I+D+i en líneas estratégicas, destinadas a financiar proyectos de investigación industrial en colaboración entre empresas y organismos de investigación.
La finalidad de esta convocatoria es dar respuesta a los desafíos identificados en las prioridades temáticas (topics), recogidas en el anexo II, mediante la financiación de proyectos inter y multidisciplinares en los que la cooperación científica sea constitutiva y se valore el solapamiento entre disciplinas a nivel metodológico, conceptual o teórico.
Asimismo, se pretende dar impulso a los avances en el campo de aplicación al que se dirigen los proyectos, tanto en el ámbito científico como en el desarrollo tecnológico y la innovación.

Beneficiarios
Podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades con naturaleza jurídica propia que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, que tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España, y que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías tal y como se definen a continuación:

a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley de la Ciencia.
b) Universidades públicas y sus institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, y normas complementarias.
d) Otros centros públicos de I+D+i, con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan la I+D+i como actividad principal.
e) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal válidamente inscritos en el momento de la presentación de la solicitud en el registro de centros regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
f) Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
g) Centros privados de I+D+i, con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
h) Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado. Solo podrán adquirir la condición de beneficiarias aquellas empresas cuya constitución o inicio de actividad haya tenido lugar con anterioridad al primer día del mes anterior al de la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
i) Asociaciones empresariales sectoriales. Solo podrán adquirir la condición de beneficiarias aquellas asociaciones empresariales, cuya constitución o inicio de actividad haya tenido lugar con anterioridad al primer día del mes anterior al de la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Las agrupaciones de interés económico (AIE) no podrán ser beneficiarias de estas ayudas.

Los proyectos objeto de ayuda de la presente convocatoria serán proyectos de investigación industrial realizados en colaboración por varias entidades beneficiarias en los que las actividades objeto de ayuda se desarrollarán conforme al artículo 8.1.b) 2º de las bases reguladoras en la forma de cooperación. Las actividades deberán corresponder a la definición y características descritas en el artículo 2. l) de las bases reguladoras para proyectos de investigación industrial.
El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatorio que una de las entidades participantes sea un organismo de investigación público o privado, entendiéndose por tales los expresados en el artículo 5.1 a) a g), y que otra sea una empresa, en el sentido expresado en el artículo 5.1 h).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.2 de las bases reguladoras, obtendrán la condición de beneficiario de las ayudas objeto de esta convocatoria las agrupaciones de entidades públicas y/o privadas que realicen el proyecto.
La agrupación resultante no tendrá personalidad jurídica, por lo que uno de los participantes actuará como solicitante y representante de la misma.
Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones, tendrán la condición de beneficiarios tanto la agrupación como cada uno de sus miembros.

Cuantía y otras características del proyecto
Las temáticas de los proyectos presentados deberán estar alineadas con las prioridades (topics), recogidos en el anexo II.
Las propuestas presentadas deberán referirse a una única prioridad temática de las especificados en el anexo II. Aunque el contenido del proyecto sea susceptible de dar respuesta a más de una prioridad temática, o tener un carácter transversal, deberá elegirse una de ellas para la clasificación del expediente de cara a su análisis y evaluación.
El presupuesto del proyecto será mínimo de 400.000 € y máximo de 2.000.000 €.
Los proyectos tendrán una duración de 3 años y comenzarán su ejecución en la fecha indicada en la solicitud. En cualquier caso, la fecha de inicio deberá ser posterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y, en todo caso, estar comprendida a lo largo del año 2021.
La participación mínima por entidad será del 10% del presupuesto total del proyecto. Para ser participante en el consorcio, se deberá presentar presupuesto y solicitar ayuda.
A fin de que la agrupación de entidades que presenta el proyecto cumpla con los objetivos del efecto incentivador indicados en el artículo 8, no se admitirá la participación en la agrupación de entidades que no soliciten ayuda, o que no necesiten ayuda para la realización de la actividad.
La participación máxima por parte de una entidad, de las recogidas en los apartados h) o i) del artículo 5.1, podrá ser de hasta el 70% del presupuesto total del proyecto.

Los proyectos deben estar incluidos en UNO sólo de las siguientes líneas y las memorias deben hacerse en INGLES (resto de documentación en español):
1. Enfermedades animales emergentes y zoonosis: de la biodiversidad de los patógenos a la producción sostenible de alimentos de origen animal 17. Enfoques innovadores para mejorar la comprensión e identificación de dianas terapéuticas novedosas para la arterioesclerosis
2. Mejora sostenible de la productividad vegetal: desarrollo de programas y productos fitosanitarios innovadores
3. Nuevos sistemas de observación, modelización y gestión de ecosistemas marinos
4. Sostenibilidad de plásticos: síntesis, reciclaje y valorización
5. Una nueva generación de baterías
6. Conversión eficiente de la luz solar a combustibles y productos químicos
7. Tecnologías de edificios inteligentes
8. Estrategias inteligentes de movilidad urbana y metropolitana
9. Patrimonio cultural
10. Implementación experimental de tecnologías cuánticas
11. Robots para ayudar a las personas
12. Combustibles sostenibles
13. Gemelos digitales: modelización y diseño
14. Nuevas estrategias de biofabricación: de los órganos en un chip, organoides o bioimpresión 3D, a la aplicación clínica
15. Nanomateriales y nanotecnología para el diagnóstico de enfermedades humanas
16. Nuevos enfoques para comprender los mecanismos y establecer nuevas estrategias para la inmunoterapia del cáncer de tumores sólidos
17. Desinformación, engaños y noticias falsas a través de canales públicos y privados
18. Estrategias para abordar la despoblación y las desigualdades socioespaciales
19. Cambio demográfico y el futuro de los servicios públicos: salud y pensiones
20. Mantenimiento predictivo de infraestructuras mediante sistemas inteligentes
21. Explotación y modelado de la complejidad en escenarios de previsión de riesgos
22. Plásticos en ambientes naturales

Plazo para presentar solicitudes
El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda se iniciará el día 27 de abril de 2021 y finalizará el día 18 de mayo de 2021, a las 14:00 (hora peninsular española).

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Innobonos 2021

Bases
Modificación de las bases
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Convocatoria
Guía de Solicitud
Modelo de Memoria

Objeto
El Programa de Bonos de Innovación trata de desarrollar un programa de apoyo a la innovación y el emprendimiento en las PYMES, mediante pequeñas subvenciones en forma de "Bonos de Innovación" (INNOBONOS) destinados a la adquisición de servicios de asesoramiento, tutorización y vigilancia tecnológica, consultoría, desarrollo, soluciones TIC, transferencia de conocimiento, certificación de normativas etc., que permitan y faciliten la introducción de innovaciones en los procesos de negocio de las PYMES Canarias, que mejore su posicionamiento tecnológico a través de la contratación de servicios tecnológicos a proveedores especializados.
Los servicios a subvencionar mediante la presente convocatoria, cuya descripción se indica en el anexo de la Orden de 18 de marzo de 2021, son los siguientes:
Servicio 1. Implantación de soluciones de gestión empresarial.
Servicio 2. Desarrollo de estrategia on line en la empresa.
Servicio 3. Transferencia de conocimiento.
Servicio 4. Asesoramiento en Gestión de la I+D+i.
Servicio 5. Asesoramiento para la preparación de propuestas de proyectos de I+D+i a convocatorias de carácter nacional o internacional.
Servicio 6. Incorporación de tecnologías innovadoras TIC a la empresa.
Servicio 7. Industria 4.0.

Beneficiarios
Podrán acogerse a las subvenciones reguladas por las bases de esta convocatoria, las empresas válidamente constituidas, y los profesionales autónomos, que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias. Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la reseñada Ley General de Subvenciones. Las empresas que se acojan a estas ayudas habrán de tener en cuenta que podrán optar a ellas siempre y cuando no excedan el importe máximo (200.000,00 euros) contabilizado durante el periodo de tres ejercicios fiscales dado el carácter de minimis de este régimen de ayudas.
No podrán obtener la condición de beneficiario:
- Las personas físicas o jurídicas que a su vez figuren como prestadores de servicios en el Programa de Bonos de Innovación.
- Las entidades o personas físicas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artº. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuantía y otras características del proyecto
La intensidad de la ayuda será de un máximo del 70% del coste elegible del servicio, con un máximo de 20.000 euros, excepto para los servicios que se relacionan para los que el coste máximo subvencionable será:
* Servicio 2.1: coste máximo subvencionable 12.000,00 euros.
* Servicio 2.2: coste máximo subvencionable 12.000,00 euros.
En el caso de que el gasto finalmente justificado sea menor que el previsto, se mantendrá el importe de la subvención concedida siempre que no se supere el % máximo establecido.

Plazo para presentar solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará a las 9:00 horas del primer día del plazo de presentación de solicitudes y expira a las 14:00 horas del último día del plazo de presentación de solicitudes.
a) Primer procedimiento:
* Plazo de presentación de solicitudes: quince días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
* Importe máximo a otorgar: 2.100.000 euros; 950.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467B.770.02 LA 157G0059 "Bonos de innovación para pymes" y 1.150.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467C.770.02 LA 157G0061 "Desarrollo de la economía digital".
b) Segundo procedimiento:
* Plazo de presentación de solicitudes: del 15 al 23 de abril de 2021.
* Importe máximo a otorgar: 100.000 euros, que podrá incrementarse, en su caso, con los créditos no aplicados en el primer procedimiento.

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Modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para el periodo 2020-2022

La propuesta de modificación instada por la Dirección General de Promoción Económica de fecha 1 de febrero de 2021 comprende la modificación de la denominación de las líneas de financiación destinadas a la concesión de subvenciones a proyectos de internacionalización de empresas de las islas no capitalinas

Por otro lado, el documento adjunto describe el plan, que comprende actuaciones como APOYO A LA CREACIÓN, CONSOLIDACIÓN Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS PYMES, SUBVENCIÓN AL COSTE DEL AVAL, FONDO DE EMERGENCIA COVID AUTÓNOMOS Y PYMES, IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE (ODS) EN LAS EMPRESAS, entre otras.

Por parte de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, se prevén los programas INCORPORACIÓN DE PERSONAL INNOVADOR AL TEJIDO PRODUCTIVO,
FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR, APOYO A LA ACTIVIDAD DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN (I+D+I). CAMPUS DE EXCELENCIA INTERNACIONAL, BONOS DE INNOVACIÓN PARA PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYMES), PROGRAMA DE FOMENTO DE LAS EMPRESAS DE ALTA TECNOLOGÍA E INTENSIVAS EN CONOCIMIENTO EN ÁREAS PRIORITARIAS DE LA ESTRATEGIA CANARIA DE ESPECIALIZACIÓN INTELIGENTE (RIS3)

Actualización a día 29/04/2021
Se publica una nueva modificación a día 28 de abril de 2021, que incluye:

1.- Disminuir el importe del presupuesto de la anualidad 2021 y 2022 de la siguiente línea de subvención:

- Programa Becas Canarias-África, que tiene por objeto contribuir a la formación de los recursos humanos y al desarrollo del tejido productivo del continente africano, financiando becas formativas de postgrado de estudiantes africanos en las Universidades canarias, cuyo importe para la anualidad 2021 y 2022 con cargo a la aplicación presupuestaria 15.16.143A.480.02 línea de actuación 154G0045 "Programa Becas Canarias-África" disminuye hasta 143.200,00 euros lo que da lugar a que el indicador "Número de estudiantes de postgrado de países africanos formados en centros especializados" para las referidas anualidades descienda, de forma coyuntural, a 15 estudiantes africanos, sin que se pueda disgregar por sexos puesto que la convocatoria de subvenciones establece la superación de los correspondientes baremos como requisito para ser beneficiario/a de la correspondientes becas.

2.- Dotar de presupuesto la anualidad 2021 de la siguiente línea de subvención:

- África Canarias Challenge COVID-19, concediendo una nueva subvención en el ejercicio 2021 para continuar con la ejecución del Programa en el ejercicio 2022, si bien por una cantidad inferior a la concedida en el ejercicio 2020. El programa tiene por fin mejorar tanto el tejido empresarial canario, como promover las relaciones socioempresariales entre la juventud canaria y la africana en base a tres objetivos: su inserción laboral, su capacitación en emprendimiento e internacionalización, y su sensibilización con los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Economía Social, cuyo importe para la anualidad 2021 con cargo a la aplicación presupuestaria 15.16.143A.480.02 línea de actuación 154G0930 "África Canarias Challenge COVID-19" asciende a 100.000,00 euros y en el que los beneficiarios serán elegidos según el baremo de los criterios establecidos para su selección, sin que tampoco, exista delimitación por sexos.

3.- Incorporar dos nuevas líneas de subvenciones:

- Programa Internacionalización Empresas África que tiene por objeto fortalecer el apoyo a las empresas para mejorar su presencia en el exterior en el marco de la "Estrategia Operativa de Internacionalización de la Economía Canaria (EOIEC) 2016-2020. Este proyecto de promoción de la internacionalización de la consultoría canaria en África Occidental, es un instrumento que persigue apoyar a las empresas canarias en su proceso de internacionalización. Se subvencionará a las administraciones públicas e instituciones africanas mediante la elaboración por las empresas canarias de estudios de viabilidad, desarrollo de planes marco de desarrollo sectorial, planificación de sectores, proyectos de modernización y cualquier otro servicio, en aquellos sectores y proyectos identificados de interés. El importe previsto para anualidad 2021 asciende a 100.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.16.143A.447.02 línea de actuación 154G1000 "Internacionalización Empresas África".

- Programa Africagua Feria del Agua y Energías Limpias de Canarias que tiene por objeto apoyar a la pequeña y mediana empresa y a emprendedores del sector como una acción más de reactivación económica y de apoyo en el proceso de internacionalización, favoreciendo la competitividad y la presencia de las mismas en mercados exteriores. El importe previsto para anualidad 2021 asciende a 40.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.16.143A.480.02 línea de actuación 154G0303 "Africagua Feria del Agua y Energías Limpias de Canarias".

7º.- Con fecha 8 de abril de 2021, la Dirección General de Planificación y Presupuesto informa favorablemente la modificación propuesta por la Dirección General de Asuntos Económicos con África de fecha de 19 de marzo de 2020, condicionada a que, para su encaje en los Escenarios Presupuestarios Plurianuales para 2020-2022 vigentes, se ajuste la anualidad 2022 de la línea de subvención 1516-1 Programa Becas Canarias-África, no debiendo superarse el importe previsto en la misma para 2021.

Atendiendo al informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, la Dirección General de Asuntos Económicos con África emite nueva propuesta de fecha 13 de abril de 2021, ajustando el importe de la anualidad 2022 de la línea de subvención Programa Becas Canarias-África.

ENLACE.

Actualización a día 25/05/2021
Se publica una nueva modificación a día 25 de mayo de 2021, que incluye: Adaptar el Elemento PEP de varias líneas de subvención conforme a lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021; Adaptar el importe de las anualidades 2021 y 2022 a lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021 y encajar el importe de la anualidad 2022 a los Escenarios Presupuestarios Plurianuales 2022-2024 de varias líneas de subvención; Incorporar la línea de subvención: MEJORA DE LAS COMUNICACIONES DIGITALES EN EL ENTORNO RURAL.

ENLACE

Actualización a día 10/11/2021
La propuesta de modificación instada por la Dirección General de Promoción Económica, de fecha 21 de octubre de 2021, incorporar una nueva línea de subvención para el FOMENTO DE LA FORMACIÓN EN TÉCNICAS Y MATERIAS RELACIONADAS CON LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL.

ENLACE.

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Proyectos de I+D para organismos de investigación y empresas 2021

Bases
Modificación de las bases (05/01/2017)
Modificación de las bases (09/11/2018)
Texto consolidado de las bases
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Convocatoria
Manual de la aplicación. Convocatoria 2021
Modelo memoria científico-técnica para proyectos individuales y en cooperación
Modelo memoria científico-técnica para proyectos coordinados
Modelo declaración mantenimiento vinculación investigador
Modelo declaración conformidad de participación en proyectos en cooperación
Modelo declaración responsable sobre cumplimiento de obligaciones previstas en la Base 16.2 f) y 4 b)
Modelo declaración responsable condición de PYME
Modelo autorización de participación en el equipo de investigación

Objeto
Realización de proyectos de I+D encuadrables en alguna de las áreas prioritarias de la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias (RIS3).

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los Organismos públicos de investigación; Universidades Públicas; Centros públicos de I+D con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado y al resto de Administraciones Públicas Territoriales y a sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica, Institutos de investigación biomédica o sanitaria acreditados conforme al, Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, y entidades e instituciones sanitarias públicas que desarrollen actividad investigadora.
También podrán resultar beneficiarios participando en cooperación o coordinación con los anteriores, las entidades e instituciones sanitarias privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D inscritas en el registro de universidades, centros y títulos, otros centros privados de I+D con personalidad jurídica propia sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos la I+D como actividad principal, centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, así como, empresas entendiendo como tales a toda sociedad mercantil independientemente de su forma jurídica, y agrupaciones o asociaciones empresariales, empresas innovadoras de base tecnológica y las uniones temporales de empresas (UTE).
Todas estas entidades deberán estar válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud y tener residencia fiscal o un establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Cuantía y otras características del proyecto
El importe máximo de inversión a subvencionar por proyecto ascenderá a la cantidad de setenta mil (70.000,00) euros. El importe máximo de subvención a conceder para la máxima intensidad de ayuda prevista no podrá exceder de dicha cantidad.

Plazo para presentar solicitudes
El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará a partir de las 14:00 horas del día 18 de enero de 2021 y finalizará a las 14:00 horas del día 18 de febrero de 2021.
La presentación se efectuará electrónicamente a través de la aplicación de gestión telemática habilitada al efecto, disponible en el plazo mencionado en la sede electrónica del Departamento. Solo se considerarán presentadas aquellas solicitudes que, efectuadas dentro del plazo previsto, incluyan el formulario, información y documentos previstos en las bases reguladoras.

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Ayudas del programa posdoctoral de formación del personal investigador Catalina Ruiz para el ejercicio 2021

Bases
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Convocatoria

Objeto
Las ayudas irán destinadas a la formalización de un contrato laboral entre personas que han terminado su doctorado recientemente y la entidad beneficiaria. Estas quedarán vinculadas a dicha entidad durante tres años, a contar desde la fecha de firma del contrato. Los dos primeros años la persona investigadora realizará una estancia posdoctoral en un centro receptor. Una vez finalizado este periodo, la persona investigadora se incorporará a la entidad beneficiaria por el periodo restante. Este cambio de centro no supondrá en ningún caso la interrupción de la ayuda.

Beneficiarios
La base reguladora 3 establece que podrán ser beneficiarias de estas ayudas las siguientes personas jurídicas, siempre que estén válidamente constituidas, tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en Canarias y no realicen actividad económica o, si lo hacen, esta no supere el 20% de la capacidad anual de la entidad:
- Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
- Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
- Otros centros públicos de I+D.
- Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
- Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.

Cuantía y otras características del proyecto
Las ayudas cubrirán todos los gastos de la suscripción de un contrato posdoctoral durante la totalidad del periodo de disfrute de las mismas.
Los contratos deberán formalizarse de conformidad al artículo 22 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
La retribución bruta que deberá recibir la persona investigadora será de 30.000,00 euros anuales, distribuida en doce o catorce mensualidades según lo que establezca la normativa de la entidad beneficiaria.
El importe de la ayuda para el viaje e instalación en la ciudad del centro receptor será la siguiente:
a) 3.500 euros, si se trata de un país no europeo.
b) 1.500 euros, si se trata de un país europeo.
El importe de la ayuda de asistencia sanitaria cuando se trate de países sin concierto con la Seguridad Social española o cuando las coberturas de este concierto fueran insuficientes, cubrirá un seguro de accidente y de asistencia médica durante el período de su estancia con un importe diario de 3,63 euros.
La cuantía máxima por anualidad que podrá percibir cada entidad beneficiaria será del 50% de la dotación presupuestaria. Este importe será transferido en cada ejercicio presupuestario por anticipado a las entidades beneficiarias que deberán justificar su aplicación de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable.

Plazo para presentar solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias. El extracto fue publicado a día 28 de diciembre de 2020.
El plazo de presentación de las solicitudes expira a las 14.00 horas del último día del plazo.
La presentación de solicitudes se realizará de acuerdo con lo previsto en la base 14, electrónicamente a través de la aplicación de gestión telemática específica para esta convocatoria disponible en la sede electrónica del Departamento en el siguiente acceso: https://sede.gobcan.es/aciisi/procedimientos_servicios/tramites/6541

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Convocatoria 2020 de las ayudas para la formación de doctores en empresas «Doctorados Industriales»

Bases
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Convocatoria

Objeto
Las ayudas tienen como objeto promover la realización de proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental en empresas, en los que se enmarque una tesis doctoral, a fin de favorecer la inserción laboral de personal investigador en las empresas desde los inicios de sus carreras profesionales, contribuir a la empleabilidad de estos investigadores y promover la incorporación de talento en el tejido productivo para elevar la competitividad del mismo.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las ayudas para la formación de doctores en empresas «Doctorados Industriales», las empresas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de la resolución de convocatoria.

Cuantía y otras características del proyecto
En relación con la ayuda para la financiación del contrato, el presupuesto financiable de la actividad incentivada con las ayudas (coste de contratación) se compone de la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial a la Seguridad Social. La ayuda anual para cada uno de los contratos dependerá del tipo de proyecto y de beneficiario, teniendo en cuenta que la intensidad de las ayudas no podrá superar los valores indicados en este apartado.
El coste de contratación máximo financiable anual por ayuda será de 23.760 euros, sin perjuicio de que la retribución bruta que figure en el contrato pueda resultar en un gasto de contratación superior. La retribución salarial mínima durante este periodo, que se deberá indicar en cada contrato, será de 17.920 euros brutos anuales. Las ayudas se destinarán necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de las personas contratadas durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente.
Las intensidades brutas máximas de las ayudas, como porcentaje del coste de la actividad incentivada, de acuerdo con los límites establecidos en el artículo 25 del Reglamento general de exención por categorías, son las siguientes:
cuantias doc in 2020

Plazo para presentar solicitudes
Las solicitudes de participación a las ayudas para la formación de doctores en empresas «Doctorados Industriales» serán presentadas por las empresas, de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 38 de la resolución de convocatoria.
La cumplimentación y envío telemático de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será del 28 de enero al 18 de febrero de 2021 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

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