Financiación

Llamada EUREKA para proyectos de cooperación tecnológica que respondan a las necesidades planteadas por el COVID-19

Sobre Eureka.
Sobre la llamada Covid-19.
Sobre Proyectos de I+D de CDTI.
Sobre Proyectos de Innovación de CDTI.

Objeto
EUREKA ha lanzado con carácter de urgencia una iniciativa asociada al virus Covid-19 que se va a traducir en la apertura de dos llamadas de proyectos:

  • Proyectos que respondan a las necesidades derivadas de la situación actual con el Covid-19 (llamada Covid-19).
  • Proyectos que respondan a nuevas situaciones de enfermedades de alto grado de contagio y con alto impacto en seres humanos (llamada Post Covid-19).

Beneficiarios
Las llamadas estarán dirigidas a empresas, aunque también pueden presentarse otras entidades, en función de las herramientas de ayuda nacionales que cada uno de los países utilicen para apoyar los proyectos de los socios.
En el caso de España, el CDTI apoya directamente a las empresas (de cualquier tamaño). Los centros tecnológicos, universidades, etc. tienen que participar como subcontratados (es un coste elegible para las empresas) o asumir la autofinanciación de su participación.

Cuantía y otras características del proyecto
Las ayudas previstas que concede el CDTI pueden encontrarse tanto en la modalidad: línea de proyectos de I+D como en la correspondiente a innovación.
Sobre la Llamada Covid-19: Como el objetivo de la llamada Covid-19 es apoyar proyectos que puedan estar en el mercado en el corto plazo (6 meses), solamente se aceptarán propuestas con una duración máxima de 12 meses (cuya fecha de inicio sea como máximo principios de agosto).
Los países que participan en esta llamada, y con los que se puede hacer un proyecto bilateral o multilateral, son: Austria, Canadá, Dinamarca, España, Francia, Países Bajos y Turquía.

Plazo para presentar solicitudes y Procedimiento de solicitud
El plazo para la presentación de propuestas permanecerá abierta hasta el 15 de mayo y se realizará una evaluación continua de propuestas por lo que se recomienda enviar la propuesta lo antes posible.
El procedimiento se desarrollará en dos fases, la de solicitud internacional y la de financiación.
1. Nivel internacional: se deberán presentar de forma simultánea los proyectos junto con la documentación requerida por cada país. En el caso de las empresas españolas, la presentación se realizará on-line a través de la sede electrónica del CDTI, en la que se tiene que rellenar un formulario web y adjuntar una serie de documentos (application form y un borrador de acuerdo de consorcio)
2. Nivel solicitud ayuda nacional: en la misma fecha cada empresa española que quiera optar a las ayudas CDTI tienen que dar de alta una solicitud de Proyecto Individual de I+D o una Línea Directa de Innovación.
Las decisiones sobre los sellos y la financiación se estiman finales de junio de 2020.

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Subvenciones a proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en canarias para el año 2020

Orden de modificación de bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones (BOC nº 51 de 13 de marzo de 2020)
ORDEN de 25 de mayo de 2020, por la que se modifican las bases reguladoras.
Texto refundido Bases Proyecto de Inversión Pyme 2020, incluye todas las modificaciones (a título informativo).
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Convocatoria.
Toda la información en el siguiente enlace.

Objeto
El objeto de la subvención es fomentar el desarrollo de nuevos proyectos en empresas de nueva creación o ya existentes con el fin de aumentar la productividad y competitividad de las mismas. Salvo el caso de los proyectos de empresas de nueva creación, las empresas han de contar con uno o más empleados en el momento de presentar la solicitud (empleados por cuenta ajena).
Para proyectos de tipo A), creación de empresas, si se trata de un autónomo titular de la empresa que se da de alta como tal entre el 17 de octubre del año anterior a la convocatoria y el 16 de octubre del año de la convocatoria, dicho empleo se computará como creación de empleo.
En caso de creación de empleo se deberán mantener durante un periodo mínimo de un año contado a partir de la resolución de concesión definitiva.
Esta creación de empleo debe de efectuarse entre el 17/10/2019 y el 16/10/2020, no computándose el primer empleado exigido para ser beneficiario en los proyectos de tipos B y C.

Beneficiarios
Podrán acogerse a las subvenciones que se convoquen de acuerdo con estas Bases: las pequeñas y medianas empresas (persona física o jurídica) que realicen un proyecto de los indicados en la base quinta en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias. Salvo el caso de proyectos de empresas de nueva creación, las empresas han de contar con uno o más empleados por cuenta ajena en el momento de presentar la solicitud.

En caso de creación de empleo por cuenta ajena, se deberán mantener durante un periodo mínimo de un año contado a partir de la resolución de concesión definitiva.

2. No podrán ser beneficiarios de esta subvención aquellos solicitantes que tengan concedida subvenciones para la misma finalidad por entes del sector público. A estos efectos, se entiende por sector público el definido en los artículos 2 y 3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y en el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del sector público, en el artº. 2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria y la Disposición adicional séptima de la Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias y en el artº. 85.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
3. En el caso de proyectos del tipo A) Creación de una Empresa, las personas físicas o jurídicas contarán con alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) efectuada entre el 17 de octubre del año anterior al que se refiere la convocatoria y la de terminación del plazo para realizar y justificar la subvención, o, en caso de estar exentos del mismo, modelo de declaración censal de alta.

Si procediera la inscripción en algún Registro del documento de constitución, deberá acreditarse su inscripción en el mismo plazo. En el caso de las Sociedades Civiles Particulares deberá acreditarse, igualmente en el citado plazo, la presentación del documento privado de constitución ante el Registro de la Oficina Liquidadora del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de la Consejería de Hacienda, así como la solicitud de Código de Identificación Fiscal (CIF) ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Cuantía y otras características del proyecto
Límite máximo de subvención: 60.000 euros.
Máximo porcentaje subvencionable: 55% para microempresas y pequeñas empresas y 45% para medianas empresas.

Sectores incentivables: Industria, construcción, turismo, comercio, transportes y de servicios en general.
Proyectos Subvencionables:
A) Creación de una empresa.
B) Mejorar la productividad y competitividad de una empresa ya existente.
C) Apoyo a la innovación en los ámbitos tecnológico, organizativo y de gestión empresarial:
1)Realización de Proyectos de Desarrollo Tecnológico aplicado.
Estos proyectos podrán abarcar la creación del nuevo producto o proceso, las pruebas experimentales y ensayos necesarios para su concreción y la elaboración de prototipos (no comercializables) previos al inicio de la explotación industrial y comercial. Estos proyectos tienen que implicar la creación o mejora sustantiva de un proceso productivo y/o producto.
2)Apoyo a la Implantación, Certificación Tecnológica y Certificación de acuerdo con las normas:
- UNE 166.001 –Proyectos de I+D+i.
- UNE 166.002 –Sistemas de Gestión de la I+D+i.
- UNE-EN-ISO 14001–Sistemas de gestión Medioambiental.
- ISO 9001 –Sistemas de Gestión de la Calidad.
- EFQM–Excelencia Empresarial.
- ISO 27001 (o desarrollos posteriores)–Sistemas de gestión de la seguridad de la Información.
- UNE 175001-1:2004 Calidad de servicio para pequeño comercio.
- Marca Q de calidad Turística.
- IFS-Internacional Food Standard.
- BRC-British retail Consortium.
- UNE EN ISO 22.000-Gestión seguridad alimentaria.
- HALAL- Garantía de calidad de alimentos, productos y servicios según la normativa Halal.
- OHSAS 18.001- Seguridad y salud en el trabajo.
- ISO 45.001- Seguridad y salud en el trabajo.

Gastos Subvencionables: mínimo de 5.000€:
Para los proyectos de tipo A. Creación de una empresa y B. Mejorar la productividad y competitividad de una empresa ya existente:
a)Gastos de constitución y primer establecimiento. (Sólo proyectos del tipo A)
b)Bienes de equipo, entendiéndose por tales el equipamiento necesario para desarrollar la actividad.
c)Inversiones inmateriales (software).
d)Acondicionamiento de local.
Para los proyectos tipo C. Apoyo a la innovación en los ámbitos tecnológico, organizativo y de gestión empresarial
a)Inversiones materiales o inmateriales. (Sólo proyectos de tipo C.1)
b)Colaboraciones externas
c)Gastos de personal técnico interno. (Sólo proyectos de tipo C.1)
Auditoría limitada al proyecto que se subvencione: hasta 600€
Plazo de realización de la actividad subvencionable: Desde el 17 de octubre de 2019 al 30 de junio de 2021.
Los proyectos iniciados con anterioridad al 17 de octubre de 2019 no serán subvencionados.
Abono de la subvención: abono anticipado, no exigiéndose garantías.

Plazo para presentar solicitudes

La convocatoria es abierta de acuerdo con lo establecido en la base segunda de las Bases Reguladoras. En este sentido, la misma se divide en dos procedimientos con dos resoluciones de concesión y las siguientes características:

a) Primer procedimiento:

Plazo de presentación de solicitudes: un mes, desde las 9:00 horas del día siguiente a la publicación del Extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias hasta las 14:00 horas del día en el que finaliza el plazo. Publicado a día Miércoles 24 de junio de 2020.

Importe máximo a otorgar: 5.988.462,85 euros.

b) Segundo procedimiento:

Plazo de presentación de solicitudes: un mes, desde las 9:00 horas del 9 de septiembre de 2020 hasta las 14:00 horas del 8 de octubre de 2020.

Importe máximo a otorgar: 1.497.115,71 euros

Los solicitantes que no hayan obtenido subvención en el primer procedimiento de selección por agotamiento de la dotación económica podrán ser atendidas en el segundo procedimiento de selección, mediante la comparación y prelación de las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en las bases, no debiendo presentar una nueva solicitud. Asimismo, el importe no aplicado en el primer procedimiento de selección se incorporará al segundo procedimiento de selección.

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Convocatoria para la conservación de la biodiversidad marina en España 2020

Bases
Convocatoria
Extracto de la Resolución 27 de mayo de 2020 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se acuerda nuevo plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de ayudas
Toda la información en el siguiente enlace.

Objeto
Convocatoria de ayudas de la Fundación Biodiversidad F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación de la biodiversidad marina en España 2020.
En caso de requerir información adicional sobre esta convocatoria, puede ponerse en contacto con la Fundación Biodiversidad a través de la siguiente dirección de correo:

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas entidades que reúnan los requisitos establecidos en el punto 4.1.a), 4.1.b), 4.1.c), 4.1.d) y el 4.2) de las Bases reguladoras de la concesión de ayudas por la Fundación Biodiversidad F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación de la biodiversidad marina en España. En concreto:
a)Las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro de ámbito estatal o comunitario. Deberán tener sede en España, estar legalmente constituidas e inscritas en el registro nacional correspondiente.
Se incluyen en esta categoría las entidades inscritas en el registro regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
b) Los organismos públicos de investigación.
c) Las universidades públicas. d)Los colegios profesionales de ámbito nacional.

Cuantía y otras características del proyecto
El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 120.000,00€. El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 70% del total del presupuesto del proyecto presentado. En el caso de las entidades del sector público susceptibles de ser beneficiarias, la cofinanciación de los proyectos no podrá superar el 50%. Excepcionalmente, para los proyectos que trabajen con las especies en la categoría de “Vulnerable” y en “Peligro de extinción” del Catálogo Español de Especies Amenazadas dentro del objetivo 2.3( contribuir a la conservación y restauración de hábitats naturales y especies silvestres), descrito en el siguiente apartado, la cofinanciación máxima será del 85% y del 65% para entidades del sector público. El plazo de ejecución de los proyectos será como máximo de 2 años, prórrogas incluidas. Como máximo, se admitirá para su evaluación dos propuestas por entidad solicitante.

Plazo para presentar solicitudes
MODIFICACIÓN: Se determina un nuevo plazo para la presentación de solicitudes que se extenderá hasta el día 17 de junio de 2020 a las 14 horas (hora peninsular) para la convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación de la biodiversidad marina en España, en los términos y condiciones especificados en las bases reguladoras.

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Fundación Biodiversidad. Convocatoria para la evaluación de la biodiversidad terrestre española 2020

Bases
Convocatoria
Extracto de la Resolución 27 de mayo de 2020 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se acuerda nuevo plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de ayudas.
Modificación de la convocatoria de concesión de ayudas.
Toda la información en el siguiente enlace.

Objeto
Convocatoria de ayudas de la Fundación Biodiversidad F.S.P, en régimen de concurrencia competitiva, para la evaluación de la biodiversidad terrestre española 2020.
En caso de requerir información adicional sobre esta convocatoria, puede ponerse en contacto con la Fundación Biodiversidad a través de la siguiente dirección de correo:

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas entidades que reúnan los requisitos establecidos en el punto 4.1.a), 4.1.b), 4.1.c), 4.1.d) y el 4.2) de las Bases Reguladoras de la concesión de ayudas por la Fundación Biodiversidad F.S.P, en régimen de concurrencia competitiva, para la evaluación del estado ambiental de España. En concreto:
a) Las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro de ámbito estatal o comunitario, con sede en España, legalmente constituidas e inscritas en el registro nacional correspondiente. Se incluyen en esta categoría las entidades inscritas en el registro regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
b) Los organismos públicos de investigación.
c) Las universidades públicas.
d) Los colegios profesionales de ámbito nacional.

Cuantía y otras características del proyecto
El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 120.000,00€.
El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 70% del total del presupuesto del proyecto presentado. En el caso de las entidades del sector público susceptibles de ser beneficiarias, la cofinanciación de los proyectos no podrá superar el 50%.
Excepcionalmente, para los proyectos que trabajen con las 6 especies terrestres en situación crítica dentro del objetivo 2.3 (contribuir a la conservación y restauración de hábitats naturales y especies silvestres), descrito en el siguiente apartado, la cofinanciación máxima será del 85% y del 65% para entidades del sector público.
El plazo de ejecución de los proyectos será como máximo de 2 años, prórrogas incluidas. En el caso de los proyectos relativos a las Acciones relacionadas con la adaptación al cambio climático, es decir, las Acciones 1.1.3.; 2.1.8.; 2.6.7.; 2.6. 8.; 3.3.4.; 3.17.2. y 3.17.4 del PNEPNB, la duración de los proyectos no podrá exceder del 30 de junio de 2022.
Como máximo, se admitirá para su evaluación dos propuestas por entidad solicitante (pudiendo resultar ambas beneficiarias).

Plazo para presentar solicitudes
Se determina un nuevo plazo para la presentación de solicitudes que se extenderá hasta el día 17 de junio de 2020 a las 14 horas (hora peninsular) para la convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la evaluación de la biodiversidad terrestre española 2020, en los términos y condiciones especificados en las bases reguladoras.

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Ayudas para personal técnico de apoyo

Bases
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Convocatoria

Objeto
Las ayudas para personal técnico de apoyo tienen como objetivo incentivar la contratación laboral de personal técnico de apoyo, por un periodo de tres años, en Centros de I+D, destinados al manejo de equipos, instalaciones y demás infraestructuras de I+D+i a fin de incrementar y mejorar las prestaciones y rendimiento de las infraestructuras científico-tecnológicas.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las ayudas para personal técnico de apoyo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la resolución de convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, y otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro.
Las entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos específicos establecidos en la resolución de convocatoria.

Cuantía y otras características del proyecto
La ayuda anual para cada uno de los contratos será la siguiente, en función las titulaciones de las personas contratadas:
a) 14.000 euros, en el caso de titulación universitaria -Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura, Grado, Diplomatura, Ingeniería Técnica o Arquitectura Técnica-
b) 12.000 euros en el caso de personas tituladas como Técnico Superior, en el marco de la formación profesional del sistema educativo.

Plazo para presentar solicitudes
Fecha de inicio del periodo de solicitud, a las 00:00 (hora peninsular española) del día 14/01/2020.
Fecha de finalización del periodo de solicitud, las 14:00 (hora peninsular española) del día 04/02/2020.

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Ayudas para contratos predoctorales del Programa "Salvador de Madariaga" en el Instituto Universitario Europeo para el año 2020

Bases
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Convocatoria

Objeto
Contratos predoctorales por periodo máximo de cuatro años, regulados en el Artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Beneficiarios
Las personas que estén posesión del título de licenciado, grado o de master o sus equivalentes, en materias jurídicas, económico-empresariales, político-sociológicas, o de humanidades, quieran realizar el doctorado en el Instituto Universitario Europeo de Florencia, en dichos campos. Y que, en todo caso, deberán haber terminado y acreditar en posesión del título que le dé acceso al doctorado con anterioridad al día 31 de agosto de 2020.
Tienen que poseer el Certificado del Nivel C1 de inglés.

Cuantía y otras características del proyecto
Se ofertan 12 ayudas con una dotación económica mensual de 1.400 euros durante los dos primeros años y de 1.500 euros durante el tercero y cuarto año, más dos pagas extraordinarias cada uno de los cuatro años.
Asimismo, cada persona beneficiaria disfrutará de una ayuda de viaje para el primero año de estancia en el Instituto y otra para el tercer año por un importe total de 700 euros cada una.

Plazo para presentar solicitudes
Desde el día posterior a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado hasta el 31 de enero de 2020, ambos inclusive.

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