Financiación

Ayudas Beatriz Galindo 2020

Bases
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Convocatoria

Objeto
Las ayudas Beatriz Galindo tienen por objeto la atracción del talento investigador que ha realizado parte de su carrera profesional en el extranjero.
Las ayudas se concederán a las universidades públicas en una de las modalidades, senior o junior, de acuerdo a lo especificado en el artículo 9 de la Resolución.

Beneficiarios
Las universidades públicas, que deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como lo dispuesto en la orden de bases y la convocatoria.

Cuantía y otras características del proyecto
Se convocan 100 ayudas Beatriz Galindo para la atracción del talento investigador que haya realizado parte de su carrera profesional en el extranjero. Éstas se distribuirán de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 de la Resolución.
Las Universidades Públicas Españolas podrán solicitar hasta 5 ayudas Beatriz Galindo. El procedimiento de valoración de las solicitudes se articulará en una sola fase, con dos evaluaciones que serán realizadas por un panel Internacional de expertos.
La cuantía anual y para cada una de las contrataciones correspondientes a las ayudas concedidas, aportada por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y las Universidades públicas, será la siguiente:
a) Modalidad senior:
65.000 euros por parte del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
25.000 euros por parte de la Universidad (incluida la cuota patronal de la Seguridad Social correspondiente al contrato del docente y/o investigador).
b) Modalidad junior:
35.000 euros por parte del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
15.000 euros por parte de la Universidad (incluida la cuota patronal de la Seguridad Social correspondiente al contrato del docente y/o investigador).

Plazo para presentar solicitudes
A partir del 10 de febrero de 2020, inclusive, hasta 45 días naturales después a las 14:00 horas (horario peninsular).

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Ayudas Torres Quevedo

Bases
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Convocatoria

La Fundación Canaria Parque Científico Tecnológico de la ULPGC mantiene una bolsa de empleo dirigida a personas con doctorado y en proceso de elaboración de tesis doctoral por la que las empresas interesadas pueden consultarnos. Consulte aquí.

Objeto
Las ayudas Torres Quevedo tienen como objetivo promover la realización de proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos en empresas, centros tecnológicos de ámbito estatal, centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos, para los que sea necesaria la contratación laboral de personas con el grado de doctor, a fin de favorecer la carrera profesional del personal investigador, así como estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las ayudas Torres Quevedo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de la resolución de convocatoria, las empresas, entre las que se incluyen las empresas "spin-off" y las Jóvenes Empresas Innovadoras, los centros tecnológicos de ámbito estatal, los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, las asociaciones empresariales y los parques científicos y tecnológicos.
Las entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos específicos establecidos en la resolución de convocatoria.

Cuantía y otras características del proyecto
La cuantía de las ayudas se determinará en función del coste de contratación (la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social), del tipo de proyecto y del tipo de entidad, teniendo en cuenta que la intensidad de las ayudas no podrá superar los valores indicados en el apartado 3 de este artículo. Las cuantías de las ayudas que se concedan para la segunda y tercera anualidad de contrato serán idénticas a la cuantía de la ayuda concedida para la primera, siempre que se mantengan las condiciones que han determinado dicha cantidad. En ningún caso la ayuda para la segunda y tercera anualidad podrá ser superior a la de la primera anualidad.
El coste de contratación máximo financiable anual por ayuda por este concepto no podrá ser superior a 55.000 euros, sin perjuicio de que la retribución bruta que figure en el contrato pueda resultar en un gasto de contratación superior. Por otro lado, solo serán financiables aquellos costes de contratación que resulten de retribuciones brutas anuales iguales o superiores a 20.000 euros. Las ayudas se destinarán necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de las personas contratadas durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente.
Las intensidades brutas máximas de las ayudas, como porcentaje del coste de la actividad incentivada, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento general de exención por categorías, son las siguientes:

imagen torres quevedo

Plazo para presentar solicitudes
Las solicitudes de participación a las ayudas Torres Quevedo serán presentadas por las entidades, de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 24 de la resolución de convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será del 16 de enero de 2020 al 6 de febrero de 2020 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

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Ayudas para la formación de doctores en empresas "Doctorados Industriales"

Bases
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Convocatoria

Objeto
Las ayudas para la formación de doctores en empresas "Doctorados Industriales" tienen como objetivo la formación de doctores en empresas mediante la cofinanciación de los contratos laborales del personal investigador en formación que participen en un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental que se desarrolle en la empresa, en el que se enmarcará su tesis doctoral, a fin de favorecer la inserción laboral de personal investigador en las empresas desde los inicios de sus carreras profesionales, contribuir a la empleabilidad de estos investigadores y promover la incorporación de talento en el tejido productivo para elevar la competitividad del mismo.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las ayudas para la formación de doctores en empresas "Doctorados Industriales", las empresas, conforme a las definiciones del artículo 5 de la resolución de convocatoria.
Las entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos específicos establecidos en la resolución de convocatoria.

Cuantía y otras características del proyecto
Las ayudas comprenderán tres conceptos: la ayuda para la financiación de los contratos, la ayuda para la realización de estancias en entidades de I+D y la ayudas para financiar los gastos de matrícula en las enseñanzas de doctorado.
En relación con la ayuda para la financiación del contrato, el presupuesto financiable de la actividad incentivada con las ayudas (coste de contratación) se compone de la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial a la Seguridad Social. La ayuda anual para cada uno de los contratos dependerá del tipo de proyecto y de beneficiario, teniendo en cuenta que la intensidad de las ayudas no podrá superar los valores indicados en este apartado.
El coste de contratación máximo financiable anual por ayuda será de 600 euros, sin perjuicio de que la retribución bruta que figure en el contrato pueda resultar en un gasto de contratación superior. La retribución salarial mínima durante este periodo, que se deberá indicar en cada contrato, será de 17.785 euros brutos anuales. Las ayudas se destinarán necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de las personas contratadas durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente.
Las intensidades brutas máximas de las ayudas, como porcentaje del coste de la actividad incentivada, de acuerdo con los límites establecidos en el artículo 25 del Reglamento general de exención por categorías, son las siguientes:

imagen doctorados

En relación con la ayuda para la realización de estancias, se autorizará una única ayuda de 2.400 euros por cada persona contratada, para la financiación de una o varias estancias, que realicen dichas personas, en entidades de I+D diferentes a los que estén adscritos con el fin de que dicho personal pueda realizar actividades formativas que permitan impulsar el desarrollo del proyecto de investigación y/o la tesis doctoral. Sobre el gasto justificable que se recoge a continuación será de aplicación la intensidad de ayuda que figure en la resolución de concesión.

Plazo para presentar solicitudes
Las solicitudes de participación a las ayudas para la formación de doctores en empresas "Doctorados Industriales" serán presentadas por las entidades, de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 38 de la resolución de convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será del 21 de enero de 2020 al 11 de febrero de 2020 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

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Subvenciones del programa de iniciación y consolidación de la exportación ICEX Next

Bases
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Convocatoria

Objeto
Constituye el objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones para iniciar y/o consolidar el crecimiento internacional de pequeñas y medianas empresas españolas que cuenten con un proyecto competitivo y/o facilitar la revisión de la estrategia internacional a empresas afectadas por cambios en las condiciones de sus mercados habituales.
El programa ICEX Next tiene como finalidad introducir y consolidar la cultura exportadora en la pequeña y mediana empresa española para que ésta pase a formar parte de su estrategia empresarial. Para ello, ofrece a la empresa asesoramiento especializado a través de consultores expertos para el desarrollo de su estrategia exterior y mejora de su competitividad internacional y subvenciona determinados gastos que se deriven del diseño e implementación de la estrategia internacional.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las empresas españolas con potencial exportador que deseen iniciar, consolidar o reorientar su estrategia internacional y que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser pequeña y mediana empresa según definición del Anexo 1 del Reglamento UE nº 651/2014. Se excluyen Asociaciones y Fundaciones.
b) Tener producto o servicio propio que pueda ser comercializable internacionalmente y contar con marca propia. En caso de empresas de servicios, éstos deberán prestarse en el exterior.
c) No ser filial comercial o productiva de empresa extranjera.
d) Contar con una facturación superior a 100.000 euros, eliminándose este requisito para las startups de reciente creación que ya cuenten con producto o servicio comercializado, dadas las especiales características de su crecimiento en cuanto a la rapidez exigida en su acceso al mercado.
e) Las empresas podrán acceder al programa independientemente del porcentaje que suponga la cifra de ventas internacionales sobre la facturación total, dado el especial foco de esta convocatoria en las empresas que consoliden o reorienten su posición exterior y en la voluntad de incluir a aquellas empresas que por las características de su modelo de negocio deben ser globales desde su inicio.
f) Contar con medios personales y materiales mínimos para abordar su crecimiento internacional, en particular contar con una persona responsable del proyecto internacional y una web propia.
g) No haber participado en programas de Iniciación de ICEX, esto es, los programas PIPE o ICEX Next.

Cuantía y otras características del proyecto
El límite máximo de la subvención por beneficiario para esta convocatoria es de 15.000 euros correspondiente al 50% de cofinanciación de determinados gastos que se deriven del diseño e implementación de la estrategia internacional. Por tanto, la empresa podrá presentar hasta un máximo de 30.000 euros de gasto realizado al que se aplicará el 50% para determinar la subvención de ICEX.
La cuantía máxima total de las subvenciones convocadas en la presente convocatoria será de 6.000.000 de euros.
El importe máximo a otorgar en cada uno de los siete procedimientos de selección de esta convocatoria, es el siguiente:
a) Procedimiento 1: 1.500.000 euros
b) Procedimiento 2: 1.500.000 euros
c) Procedimiento 3: 1.000.000 euros
d) Procedimiento 4: 500.000 euros
e) Procedimiento 5: 500.000 euros
f) Procedimiento 6: 500.000 euros
g) Procedimiento 7: 500.000 euros

Plazo para presentar solicitudes
Dentro de esta convocatoria se realizarán siete procedimientos de selección sucesivos según el siguiente calendario de periodos de presentación de solicitudes:
a) Procedimiento 1: desde la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOE hasta el 15 de diciembre de 2019
b) Procedimiento 2: del 1 al 31 de enero de 2020
c) Procedimiento 3: del 1 al 31 de marzo de 2020
d) Procedimiento 4: del 1 al 31 de mayo de 2020
e) Procedimiento 5: del 1 al 31 de julio de 2020
f) Procedimiento 6: del 1 al 30 de septiembre de 2020
g) Procedimiento 7: del 1 al 30 de noviembre de 2020

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Línea de Fomento de Innovación desde la Demanda (Línea FID), Compra Pública de Innovación

Bases
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Convocatoria (no publicada aún)

Objeto
Préstamos y anticipos reembolsables con cargo al FEDER, de acuerdo con lo establecido en la LGS y los Reglamentos que regulan la cofinanciación con el FEDER.
La finalidad de las ayudas objeto de esta Orden es el desarrollo de productos o servicios innovadores adquiridos por parte de compradores públicos a través del mecanismo de la Compra Pública de Innovación, con el fin de:
a) Mejorar los servicios públicos, en términos de eficacia o eficiencia,
b) Mejorar la innovación y la competitividad empresarial, atrayendo fondos para la I+D+i empresarial mediante contratación, y
c) Reforzar la comercialización de la innovación empleando al cliente público como cliente lanzador o de referencia.
d) Estimular el emprendimiento y la innovación, particularmente de las PYME

Beneficiarios
Podrán tener la condición de beneficiarios en las correspondientes convocatorias, efectuadas al amparo de esta Orden, en los términos que las mismas establezcan, y siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada caso, los organismos y entidades del Sector Público estatal, autonómico o local que tengan la condición de poder adjudicador y presten un servicio público del que sean titulares, siempre que por la naturaleza tanto del prestador como de los servicio, la ayuda no suponga distorsión de mercado.
Las convocatorias podrán precisar las condiciones que deberán cumplir los organismos y entes del sector público para ser considerados como beneficiarios.

Cuantía y otras características del proyecto
Cuando el objetivo de la actuación lo requiera, está podrá ser desarrollada:
a) De forma individual.
b) Por varios beneficiarios, en colaboración, según lo previsto en el artículo 5 de esta orden.
La financiación concedida por medio de estas ayudas podrá cubrir las dos Fases de la CPI:
a) Fase I: Desarrollo, validación y puesta en servicio de soluciones innovadoras, mediante operaciones de Compra Pública Precomercial (CPP) o Compra Pública de Tecnología Innovadora (CPTI). Costes de preparación, gestión, evaluación, etc. de dichas soluciones.
b) Fase II: Despliegue de la solución innovadora.
Una cantidad significativa del presupuesto financiable con cargo a FEDER deberá destinarse específicamente a las licitaciones de CPI. Las convocatorias fijarán el porcentaje de dicha cuantía.
No podrán subcontratarse las actuaciones de CPI objeto de ayuda, debiendo ser ejecutadas directamente por el beneficiario de la ayuda.

Plazo para presentar solicitudes
Las solicitudes se presentarán en la forma establecida en cada convocatoria, en el plazo máximo de un mes, y, cuando así proceda por la naturaleza de las actuaciones, indicarán el carácter abierto de la misma.
Pendiente de publicación de convocatoria.

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Ayudas para la formación de profesorado universitario (FPU) 2019

Bases
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Convocatoria

Objeto
Concesión de Ayudas para contratos predoctorales para la realización de tesis doctorales, en Universidades Españolas.
Son ayudas destinadas a la formación investigadora en programas de doctorado para la consecución del título de Doctor/a y la adquisición de competencias docentes universitarias, en cualquier área del conocimiento científico, que faciliten la futura incorporación de estas personas al sistema español de educación superior, y de investigación científica.
Número
Se convocan 850 ayudas de las que 17 de ellas se reservan a estudiantes con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

Beneficiarios
Estas ayudas son para la formalización de contratos predoctorales en los centros de adscripción, que tienen una duración de cuatro años, salvo si es una persona con discapacidad en cuyo caso la ayuda puede tener una duración de seis años, conforme a lo establecido en el artículo 21 c) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Quienes hayan obtenido el título de doctor/a, previo al inicio de la última anualidad de la ayuda FPU, podrán acceder a un contrato posdoctoral por un periodo máximo de un año.

Cuantía y otras características del proyecto
El importe mensual será de 1.151,97 euros los dos primeros años, 1.234,25 euros el tercer año y 1.542,82 euros el cuarto año.
Cada año se abonarán 12 mensualidades y dos pagas extraordinarias.

Plazo para presentar solicitudes
24/10/2019-14/11/2019

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