Financiación

Convocatoria Tesis 2022. Ayudas del programa predoctoral de formación del personal investigador dentro de programas oficiales de doctorado en Canarias

Bases
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Convocatoria
Sede electrónica

Objeto
Convocar en régimen de concurrencia competitiva y con carácter anticipado para el ejercicio 2022 subvenciones destinadas a la formación del personal investigador dentro de programas oficiales de doctorado en Canarias (Modalidad A), cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE), eje 3, prioridad de inversión 10.2, objetivo específico 10.2.1, con una tasa de cofinanciación del 85% del Programa Operativo FSE de Canarias 2014-2020, en el marco de las bases reguladoras aprobadas por Orden nº 208, de 2 de diciembre de 2016, del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento (BOC nº 240, de 14.12.2016). En concreto, las ayudas cubrirán todos los gastos de la suscripción de un contrato predoctoral durante la totalidad del periodo de disfrute de las mismas. El contrato tendrá por objeto la realización de tareas de investigación en el ámbito de un programa oficial de doctorado en régimen de dedicación a tiempo completo.

Beneficiarios
Los solicitantes deberán cumplir además de las condiciones establecidos en la base 26 de las bases reguladoras los siguientes requisitos:

a) Contar con un expediente académico con una nota media mínima para cada nivel de titulación de los estudios que le dan acceso a su programa de doctorado igual o superior a seis.

b) No haber finalizado los estudios que le dan acceso al programa de doctorado con anterioridad al 1 de enero de 2017.

c) Para los solicitantes que posean una discapacidad igual o superior al 50 por ciento, el periodo de finalización de estudios precedentes quedará ampliado en dos años.

d) No obstante, la fecha de terminación de los estudios indicados en el apartado b) podrá ser anterior al 1 de enero de 2017 pero posterior al 1 de enero de 2012, para los/as licenciados/as o graduados/as en medicina, farmacia, biología, química y psicología que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, estén en posesión del título oficial de especialidad médica (MIR) o farmacéutica (FIR) o cuenten con el certificado oficial de especialidad en biología (BIR), química (QUIR) o psicología (PIR).

e) Para los solicitantes que se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años después de haber finalizado sus estudios, la fecha de terminación indicada en el apartado b) podrá ser anterior al 1 de enero de 2017 pero posterior al 1 de enero de 2012. Este requisito deberá acreditarse con una declaración jurada de la persona solicitante acompañada de la partida de nacimiento de los hijos menores correspondientes.

Cuantía y otras características del proyecto
La retribución de este contrato no podrá ser inferior al 56% del salario fijado para las categorías equivalentes en los convenios colectivos de su ámbito de aplicación durante los dos primeros años, al 60% durante el tercer año, y al 75% durante el cuarto año. Tampoco podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional que se establezca cada año, según el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Para el establecimiento de las retribuciones anteriores se tomará como referencia mínima la categoría correspondiente al Grupo M3 de personal laboral de la tabla salarial recogida en el convenio único de personal laboral de la Administración General del Estado para el año 2021 (IV Convenio 29.712,20 €).

Realizando los cálculos anteriormente expuestos la retribución bruta que deberá recibir la persona beneficiaria será en la 1ª y 2ª anualidad es de 16.638,83 €, en la 3ª anualidad es de 17.827,32 € y en la 4ª anualidad de 22.284,15 € euros, distribuida en doce o catorce mensualidades según lo que establezca la normativa del centro de adscripción. Dichos importes podrán verse incrementados con la actualización salarial al personal laboral de la Administración General del Estado para cada año. La duración del contrato será de un máximo de cuatro años a computar desde la fecha de inicio de la subvención.

Solo se subvencionarán aquellas tesis doctorales que ayuden a cumplir con los objetivos de la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias (RIS3).

Requisitos de los solicitantes
a. Contar con un expediente académico con una nota media mínima para cada nivel de titulación de los estudios que le dan acceso a su programa de doctorado igual o superior a seis.
b. No haber finalizado los estudios que le dan acceso al programa de doctorado con anterioridad al 1 de enero de 2015.
c. Para los solicitantes que posean una discapacidad igual o superior al 50 por ciento, el periodo de finalización de estudios precedentes quedará ampliado en dos años.
d. No obstante, la fecha de terminación de los estudios indicados en el apartado b) podrá ser anterior al 1 de enero de 2015 pero posterior al 1 de enero de 2010, para los/as licenciados/as o graduados/as en medicina, farmacia, biología, química y psicología que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, estén en posesión del título oficial de especialidad médica (MIR) o farmacéutica (FIR) o cuenten con el certificado oficial de especialidad en biología (BIR), química (QUIR) o psicología (PIR).
e. Para los solicitantes que mientras han estado cursando los estudios que le dan acceso a su programa de doctorado, se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años la fecha de terminación de los estudios indicados en el apartado b) podrá ser anterior al 1 de enero de 2015 pero posterior al 1 de enero de 2010. Este requisito deberá acreditarse con una declaración jurada de la persona solicitante acompañada de la partida de nacimiento de los hijos menores correspondientes.
Requisitos de los Directores de tesis.
- Los directores de tesis serán doctores con vinculación de funcionario de carrera de los cuerpos docentes de las universidades públicas españolas, o pertenecerán a las escalas de investigación del CSIC o de los OPIs, o tendrán vinculación laboral indefinida de carácter docente o investigador, con la entidad de adscripción del solicitante.
- La vinculación contractual del director de la tesis deberá cumplirse en el momento de presentación de la solicitud y mantenerse durante todo el tiempo de duración de la ayuda. En el caso de que el director de la tesis no cumpliera con este requisito, será obligatoria la colaboración de un codirector que lo cumpla.
- En una solicitud podrán figurar, como máximo, dos personas directoras del proyecto de Tesis, en calidad de directora y codirectora, en igualdad de derechos y obligaciones a todos los efectos. El codirector asumirá las tareas del director cuando este cause baja por cualquier motivo.

Las solicitudes presentadas serán clasificadas por área de conocimiento, de modo que existirá una lista de solicitantes por cada área.
La valoración de los candidatos se llevará a cabo atendiendo a la suma de los siguientes criterios:
a. Puntuación de la nota académica hasta un máximo de 4 puntos asignados por una graduación lineal entre los participantes. El procedimiento para la puntuación de este apartado se publicará en la convocatoria correspondiente.
b. Currículum vitae del solicitante hasta un máximo de 2 puntos asignados por una graduación lineal entre los participantes: formación académica, participación en proyectos de I+D y publicaciones.
b.1 Formación académica:
b.1.1 Premio extraordinario en la licenciatura, grado o master (0,4 puntos). Documentación a presentar: certificado expedido por la Universidad correspondiente.
b.1.2 Otra titulación superior de segundo ciclo distinta de la evaluada en el certificado académico (0,3 puntos por titulación). Documentación a presentar: certificado expedido por la Universidad correspondiente.
b.2 - Participación en Proyectos de I+D financiados en convocatorias públicas, distintos del evaluado en el apartado c (0,2 puntos por proyecto). Documentación a presentar: resolución de concesión del proyecto y certificado de su director donde conste su vinculación al mismo.
Tiene consideración de convocatoria pública competitiva, aquellas convocadas por organismos públicos (internacionales, nacionales y autonómicos) en concurrencia competitiva.
Para acreditar los proyectos de investigación se dará por válido su inclusión en las resoluciones provisionales de las convocatorias correspondientes.
b.3 - Publicaciones
b.3.1 Capítulo de libro o Documentos científico técnico restringido (0,1 punto por capítulo o documento). Documentación a presentar: Copia de la portada, índice y primera página del capítulo o documento, donde conste el nombre de los autores.
b.3.2 Artículos en revistas científicas (0,2 puntos por artículo). Documentación a presentar: copia de la primera página de la publicación. Los libros de actas de congresos no puntúan como publicaciones.
c. Integración de la tesis doctoral en proyectos de investigación financiados en convocatorias públicas competitivas (2 puntos). Documentación a presentar: memoria del proyecto conforme al modelo disponible en la sede electrónica habilitada. Para valorar que la tesis está incluida en un proyecto de investigación este deberá estar vigente al menos durante los 2 primeros años del contrato de la tesis.
d. Desarrollo de la tesis doctoral en una empresa (2 puntos).
Del resultado de la valoración se obtendrá una relación de posibles beneficiarios por cada área de conocimiento ordenados de mayor a menor puntuación.
En caso de empate se tendrá en cuenta:
1º Que la tesis sea desarrollada en empresa (apartado d)
2º La puntuación obtenida en el apartado proyecto de investigación financiado (apartado c)
3º La puntuación obtenida en el apartado currículum vitae (apartado b)
4º La fecha y hora de la solicitud presentada por el solicitante ordenando la relación de posibles beneficiarios en función de su orden de entrada.
Si el número de ayudas por rama de conocimiento no pudiera ser cubierto por falta de candidatos que reúnan las condiciones requeridas, podrán ser acumuladas a otras ramas, en función de los criterios de distribución establecidos en cada convocatoria, donde los solicitantes reúnan los méritos suficientes.

Plazo para presentar solicitudes
Fecha Inicio: 17/11/2021 00:00
Fecha Fin: 9/12/2021 14:00

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Ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores 2021

Bases
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Convocatoria
Preguntas administrativas
Tramitación de la ayuda

Objeto
Ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores contemplada en el Subprograma Estatal de Formación del Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023, en régimen de concurrencia competitiva y aplicando los principios de publicidad y objetividad.
Las ayudas tienen como objeto la formación de doctores mediante la financiación de contratos laborales, bajo la modalidad de contrato predoctoral, a fin de que investigadores en formación realicen una tesis doctoral asociada a un proyecto de investigación financiado por las ayudas para proyectos de I+D del Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento en el marco del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+I, o de ayudas para proyectos de I+D+I “Retos Investigación” del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, respectivamente, en su convocatoria 2020, ambas en el marco del Plan Estatal de I+D+I 2017-2020, o un proyecto de I+D que se ejecute en un centro de I+D que haya obtenido una ayuda en el marco de las convocatorias de Apoyo a Centros de Excelencia Severo Ochoa y Unidades de Excelencia María de Maeztu, del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, correspondientes a 2017, 2018, 2019 y 2020, o un proyectos de investigación que se desarrolle dentro de una línea de investigación prioritaria para el año 2021, fijada por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria y que se ejecute en un centro público de I+D+i de investigación agraria y alimentaria, dependiente de una Comunidad Autónoma, y participante en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAA.
A su vez, las ayudas tienen por objeto financiar la contratación laboral, durante un periodo de orientación postdoctoral (en adelante POP) de una duración mínima de 6 meses y máxima de 12 meses, de aquellos doctorandos que obtengan el título de doctor con antelación al mes 43 a contar desde el inicio de la ayuda predoctoral, teniendo en cuenta que, en cualquier caso, el total de la ayuda no puede exceder los 48 meses.

Beneficiarios
Que hayan obtenido una ayuda para la realización de un proyecto de investigación financiado por las ayudas a «Proyectos de I+D+i», en el marco del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i y del Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, en su convocatoria 2020, convocada por la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, y que tales proyectos hayan resultado seleccionados como susceptibles de tener asociada una ayuda para la formación de doctores, a través de esta convocatoria.
También podrán ser entidades beneficiarias los centros de I+D Que hayan obtenido una ayuda en el marco de las convocatorias de Apoyo a Centros de Excelencia Severo Ochoa y Unidades de Excelencia María de Maeztu, correspondientes a 2017, 2018, 2019 y 2020, convocadas por la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación.
Asimismo, podrán ser entidades beneficiarias los centros de I+D que sean centros públicos de I+D+i de investigación agraria y alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas, integrados en las Consejerías responsables de la investigación agroalimentaria de las Comunidades Autónomas, participantes en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAA y participen en proyectos de investigación que se desarrollen dentro de una línea de investigación prioritaria para el año 2021, fijada por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria.

Cuantía y otras características del proyecto
Las ayudas tendrán una duración máxima de cuatro años, y el periodo de ejecución se iniciará en la fecha de incorporación del personal investigador contratado a su puesto de trabajo en el centro de I+D contratante.
Las ayudas comprenderán dos conceptos: la ayuda para la financiación de los contratos y una ayuda adicional para cubrir gastos derivados de la realización de estancias en centros de I+D y de la matrícula en las enseñanzas de doctorado.
En relación con la ayuda para la financiación del contrato, la ayuda anual para cada uno de los contratos predoctorales será de: 21.100 euros para cada una de las dos primeras anualidades, 22.300 para la tercera anualidad y 27.900 para la cuarta anualidad.

Plazo para presentar solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será del 28 de octubre al 11 de noviembre de 2021 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

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Ayudas en el marco del Plan de Impulso al emprendimiento para la innovación en el Sector Portuario (Puertos 4.0) en Ideas y Proyectos Comerciales para 2021

Bases
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Convocatoria

Objeto
Estas ayudas están dirigidas a financiar la puesta en marcha de nuevas ideas o proyectos que desarrollen nuevas tecnologías, introduzcan productos, servicios o procesos innovadores en el mercado, o mejoren los ya existentes con aplicación directa en el ecosistema logístico-portuario u otros relacionados con éste, vinculados a los puertos de interés general o a los diferentes eslabones de la cadena logística.
La ayuda se desarrolla en dos tipologías: modalidad “Ideas” y modalidad “Proyectos en fase comercial”.

Beneficiarios
Podrán ser solicitantes y beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y hayan de realizar las ideas y proyectos subvencionables, conforme al artículo 9 de la Orden Ministerial TMA/702/2020 de 15 de julio de 2020. Tratándose de personas jurídicas, sus fines, objeto o ámbito de actividad, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, deberán comprender o permitir la realización de ideas y proyectos subvencionables. Se establece como excepción que las personas físicas no podrán ser beneficiarias de subvenciones para proyectos comerciales, pudiendo tan sólo ser beneficiarias de tales subvenciones las personas jurídicas y las uniones o agrupaciones de las mismas. Tampoco podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas jurídico-públicas extranjeras o las agrupaciones en las que participen.

Cuantía y otras características del proyecto
A los efectos de la presente orden, se denomina Idea al conjunto de acciones necesarias para lograr un producto, servicio o proceso innovador que, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 6, se encuentra en una fase incipiente de desarrollo tecnológico, asociado a un nivel de madurez tecnológica 1 o 2, y cuyo resultado debe ser una prueba de concepto aplicable a uno o más agentes de la comunidad logístico-portuaria. El resultado esperado será la realización positiva de una prueba de concepto o el alcance del nivel TRL3 del nivel de madurez tecnológica.
A los efectos de la presente orden, se denomina Proyecto al conjunto de acciones necesarias para lograr un producto, servicio o proceso innovador aplicable a uno o más agentes de la comunidad logístico portuaria, una vez ha sido testada la prueba de concepto y su aplicabilidad en al menos un puerto o agente del sector logístico portuario y su grado de madurez tecnológica sea igual o superior a TRL3.
Proyectos en fase comercial. Los proyectos tendrán la madurez suficiente para ser catalogados en fase comercial cuando se encuentren en un nivel de desarrollo igual o superior al TRL7. El resultado esperado será que el producto, servicio o proceso resultante debe encontrarse en condiciones de ser comercializado, incluso a nivel internacional.
Las Ideas deberán implementarse en el plazo establecido por los beneficiarios en su documentación técnica, con un máximo de seis meses desde la publicación de la resolución de concesión de la subvención.
Los Proyectos deberán implementarse en el plazo establecido por los beneficiarios en su documentación técnica, con un máximo de treinta y seis meses desde la publicación de la resolución de concesión de la subvención.
En las Ideas la ayuda consistirá en una cantidad fija e invariable de quince mil euros (15.000 euros) y la posibilidad de acceder a los servicios de incubación de la idea o de asesoramiento para facilitar el crecimiento empresarial de la misma, establecidos en las sedes territoriales de la incubadora-aceleradora asociada al Plan de impulso al Emprendimiento para la Innovación en el sector portuario «Puertos 4.0», situadas en A Coruña, Algeciras, Alicante, Barcelona, Bilbao, Cartagena, las Palmas, Madrid, Málaga, Palma, Santander, Sevilla, Valencia y Vigo.
En los Proyectos en fase comercial la ayuda consistirá en una cantidad máxima del 80% de los costes asociados en el presupuesto del proyecto a la componente de innovación, con un límite máximo de dos millones de euros (2.000.000,00 euros), y la posibilidad de acceder a los servicios de aceleración o de asesoramiento para acelerar el despliegue comercial, el crecimiento y asegurar el éxito empresarial del proyecto, establecidos en las sedes territoriales de la incubadora-aceleradora asociada al Plan de impulso al Emprendimiento para la Innovación en el sector portuario «Puertos 4.0», listadas en la letra a) de este apartado. No se considerarán proyectos que supusieran la asignación de ayudas inferiores a cien mil euros (100.000 euros).
La dotación para la financiación de ideas y proyectos comerciales en el marco de la presente convocatoria asciende a SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (6.750.000 €) para el plazo de vigencia de la misma y se financiará con cargo al Fondo de Compensación Interportuario en cumplimiento de los acuerdos de creación y financiación del Plan para la Innovación en el Sector Portuario "Puertos 4.0" de marzo de 2018 y junio de 2021.Estos recursos económicos se distribuirán del modo siguiente:a) IDEAS: los recursos económicos ascienden a SETECIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (750.000 €), de los que CIENTO CINCO MIL EUROS (105.000 €) se destinarán a INTRAEMPRENDIMIENTO. Se considera intraemprendimiento las Ideas presentadas exclusivamente por personal laboral de las Autoridades Portuarias y de Puertos del Estado individualmente o en agrupación de personas físicas. No se contempla la posibilidad de intraemprendimiento en la modalidad de proyectos comerciales. En el caso de que por falta de candidaturas evaluadas positivamente en la modalidad de Intraemprendimiento no pueda otorgarse la totalidad de la cantidad asignada a dicha modalidad, la cantidad restante podrá ser asignada para ampliar la dotación económica a la modalidad general de Ideas.b) PROYECTOS EN FASE COMERCIAL: los recursos económicos ascienden a SEIS MILLONES DE EUROS (6.000.000 €)

Plazo para presentar solicitudes
a) Solicitudes de subvenciones a Ideas: en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria (anuncio publicado en 20/10/2021).
b) Solicitudes de subvenciones a Proyectos: en el plazo de tres meses, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria (anuncio publicado en 20/10/2021).

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Fundación Biodiversidad: refuerzo de redes de varamientos y rescate de especies marinas 2021

Bases
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Convocatoria (1)
Convocatoria (2)

Objeto
Ayudas para la cofinanciación de proyectos vinculados con la generación y refuerzo de redes de varamientos y rescate de especies marinas, que permitan una atención adecuada a los animales varados vivos para su recuperación y/o posterior liberación, o mantenimiento en caso de no poder ser liberados en centros adecuados que aseguren su supervivencia y bienestar, y realizar la toma de datos necesarios con el objeto de ampliar el conocimiento científico-técnico sobre el estado en el que se encuentran las poblaciones de las distintas especies con el fin de implementar una correcta y fundamentada gestión y protección de las mismas.

Beneficiarios
Podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades que estando incluidas en los apartados 2.1.a), c) y e) de la orden de bases, cumplan los requisitos marcados en el artículo 2.2 de la misma y en el artículo 26 de la convocatoria:
a) Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro debidamente autorizadas por parte de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico o por la Comunidad Autónoma donde se vaya a generar la red.
b) Las administraciones de las Comunidades Autónomas.
c) Las universidades públicas y sus institutos universitarios, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Cuantía y otras características del proyecto
El importe mínimo de ayuda a solicitar por propuesta presentada será de 50.000,00 €.
El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 400.000,00 €.
El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 95% del total del presupuesto del proyecto presentado.
El proyecto deberá dar comienzo a partir de la resolución de la convocatoria y no podrá finalizar más tarde del 31 de diciembre de 2025, prórrogas incluidas.
Se admitirá para su evaluación como máximo una propuesta por entidad solicitante.

Plazo para presentar solicitudes
Plazo de presentación de solicitudes hasta el 24/11/2021.

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Fundación Biodiversidad: apoyo a programas y proyectos de investigación en materia de gestión de la biodiversidad

Bases
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Convocatoria (1)
Convocatoria (2)
Sede electrónica

Objeto
Regular la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de investigación que promuevan la aplicación del conocimiento científico para la toma de decisiones en la planificación y gestión de la biodiversidad para el año 2021: a) Transición energética y biodiversidad terrestre y marina. b) Biodiversidad marina y espacios marinos protegidos. c) Corredores biológicos e infraestructura verde.
Estas ayudas complementan la consecución de los hitos nº 65 y 66 del componente 4 del PRTR, en el marco de la inversión 1 (C4. I1.), digitalización y conocimiento del patrimonio natural y se pretende llevarla a cabo mediante la contribución de los proyectos financiados al avance científico en torno a sus líneas prioritarias y permitir así el desarrollo de conocimientos, fomento de la tecnología, metodologías innovadoras, procesos e infraestructuras.

Beneficiarios
Podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades que estando incluidas en el artículo 2.1 apartados b), c), g) y h) de la orden de bases, cumplan los requisitos marcados en el artículo 2.2 de la misma y en el artículo 26 de la convocatoria:
a) Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.
b) Universidades públicas y sus institutos universitarios, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Centros Tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica sin ánimo de lucro de ámbito estatal, que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.
d) Otras personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que según sus estatutos o normativa que los regule realicen actividades de I+D+i o generen conocimiento científico o tecnológico. Cuando estas entidades realicen actividades económicas y no económicas, las ayudas solo podrán ir dirigidas a estas últimas.
e) Agrupaciones de personas jurídicas, públicas o privadas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención. Las agrupaciones deberán estar conformadas por las entidades mencionadas en los apartados anteriores.

Cuantía y otras características del proyecto
La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 2.500.000,00 euros. El importe máximo para conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 400.000,00 euros.

Plazo para presentar solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de sesenta días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El extracto se ha publicado a día 4 de octubre de 2021.

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Fundación Biodiversidad: Apoyo a grandes proyectos transformadores de índole científico-técnica para la promoción de la bioeconomía

Bases
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Convocatoria
Convocatoria (2)

Objeto
Concesión de ayudas para la financiación de grandes proyectos transformadores de naturaleza científico-técnica que contribuyan a la promoción de la bioeconomía, la transición ecológica, al reto demográfico y al fortalecimiento de capacidades, fomentando la participación, la igualdad de género y la generación de empleo verde.
Estas ayudas complementan la consecución de los objetivos del componente 4 del PRTR en el marco de la inversión 2 (C4.I2), conservación de la biodiversidad Terrestre y Marina (objetivo nº 69).

Beneficiarios
Podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades que estando incluidas en el artículo 2.1 apartados a), b), c), d), g) y h) de la orden de bases, cumplan los requisitos marcados en el artículo 2.2 de la misma y en el artículo 26 de la convocatoria:
a) Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro. Cuando estas entidades realicen actividades económicas y no económicas, las ayudas sólo podrán ir dirigidas a estas últimas.
b) Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.
c) Universidades públicas y sus institutos universitarios que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
d) Centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica sin ánimo de lucro de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.
e) Centros públicos o privados sin ánimo de lucro de I+D+i que en sus estatutos o en la normativa que los regule tengan la I+D+i como actividad principal.
f) Organizaciones y colegios profesionales.
g) Agrupaciones de personas jurídicas públicas o privadas, conformadas por las entidades reflejadas en los apartados anteriores que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención.

Cuantía y otras características del proyecto
La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 20.000.000,00 de euros. El importe máximo para conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 2.000.000,00 de euros.

Plazo para presentar solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de sesenta días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El extracto se ha publicado a día 4 de octubre de 2021.

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